martes, 19 de mayo de 2020

CONTRATACIÓN DE TRACTO CAMIONES PARA CARGA SECA A NIVEL NACIONAL


MACHOTE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO VEHICULAR POR ADMINISTRACIÓN CARGA 

Entre los suscritos a saber, por una parte, MULTIPOLAR DE INVERSIONES Y PROYECTOS SAS “MULTIPROYECTOS777 SAS” con Nit: Número 901189272-7 y su Representante Legal suplente y director de la seccion de transporte de carga Señor LUIS GUILLERMO MORENO MANOSALVA, mayor de edad, vecino de la ciudad de BOGOTA, identificado con la cédula de ciudadanía N° 19.394.804 de Bogotá, cuyas oficinas se encuentran en la CARRERA 32 No 1D – 20 Of. 101 Barrio ASUNCION TEL 4674608 de la Ciudad de BOGOTA, Celular 3223315024 Email: multi777sastrans@gmail.com,quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE por una parte, y por la otra parte el Señor xxxxxxxxxxxxxxxxxx identificado con CC xxxxxxxxxxxxxxx de xxxxxxxx, mayor de edad, vecino de la ciudad de xxxxxxxxx, residenciado en xxxxxxxxxxxxxx xxxxx. Celular xxxxxxxxxxxx, Quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN CANON FIJO MENSUAL DE UN VEHICULO TRACTO CAMION AUTO DESCARGABLE DE UN SOLO VOLCO DE 3 EJES CON CAPACIDAD MINIMA DE 34 TONELADAS PARA CARGA SECA Y OTROS. PARA TRABAJAR EN LAS SIGUIENTES RUTAS: ORIGEN BUENAVENTURA. DESTINOS VALLE DEL CAUCA, CAUCA, PEREIRA, QUINDIO, TOLIMA, CUNDINAMARCA, BOYACA Y LA COSTA NORTE, SANTAMARTA, BARRANQUILLA Y CARTAGENA.
Que se regirá por las siguientes clausulas y por las normas legales del código civil colombiano, código de comercio y código administrativo aplicables. PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA en su calidad de PROPIETARIO suministra en arrendamiento a EL CONTRATANTE un Vehículo con las siguientes carácteristicas: LICENCIA DE TRANSITO NUMERO: XXXXX PLACAXXXXX MARCA: XXXXX MODELO XXXX CLASE DE VEHICULO: TRACTOCAMIÓN. TIPO DE CARROCERIA: XXXXXXXX COLOR: XXXXXXX. LINEA XXXXX CILINDRADA: XXXX CC. NUMERO DE MOTOR: XXXXXXXX NUMERO DE SERIE:XXXXXXXXXXXXXXXX COMBUSTIBLE: XXXXX. SERVICIO: PUBLICO Y REMOLQUE CON PLACA XXXXX MARCA XXXXX. CARROCERIA: XXXXX LINEA XXXXXXXX MODELO: XXXX. PROPIETARIO: XXXXXXXXXXXXX XXXXXXX CEDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO XXXXXXXXXXX DE BOGOTA. PARAGRAFO PRIMERO: ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL VEHICULO: Capacidad máxima de 34 toneladas, cabina cerrada, Deberá estar dotado de: Extintores tipo industrial, GPS SATELITAL, pito de reversa, exploradora de reversa, licuadora sobre la cabina, cinturones de seguridad, botiquín de primeros auxilios básicos, aire acondicionado. El vehículo debe de estar acondicionado para el transporte de carga seca Y EN PERFECTO ESTADO MECANICO. PARÁGRAFO SEGUNDO: El vehículo suministrado por EL CONTRATISTA debe de venir acompañado de su correspondiente conductor de confianza, el cual debe de cumplir con todas las capacitaciones y la normativa en materia de transito y transporte y derecho laboral para la adecuada ejecución de la labor contratada. En su respectivo horario de trabajo de máximo 12 horas. PARÁGRAFO TERCERO: En virtud de este objeto, EL CONTRATANTE tiene responsabilidad del pago del conductor y el conductor se obliga a prestar los servicios contratados hacia la Empresa, de no ser así EL CONTRATANTE solicitará a EL CONTRATISTA el cambio del conductor. PARAGRAFO CUARTO: DOCUMENTOS ANEXOS: relación que se encuentra al final del contrato y se deberá anexar la documentación del vehículo y la documentación del conductor en una carpeta individual por parte de EL CONTRATISTA quién deberá además entregar el acta de entrega del vehículo en administración firmada y autenticada en notaria a favor de EL CONTRATANTE. PARAGRAFO QUINTO: Las partes acuerdan suscribir un ACTA DE ENTREGA E INSPECCIÓN DE VEHICULO JUNTO CON SUS DOCUMENTOS EN REGLA. El vehículo objeto del presente contrato, junto con los documentos requeridos para operar, serán recibidos por EL CONTRATANTE o su representante o delegado de acuerdo con el ACTA DE ENTREGA E INSPECCION DE VEHICULOS JUNTO CON DOCUMENTOS EN REGLA, en la cual se especificará el estado de operación mecánica del vehículo, kilómetros recorridos, estado de las llantas y demás especificaciones técnico mecánicas; la cual se realizará en presencia de las partes contratantes o sus representantes. PARAGRAFO SEXTO: ACTA DE DISPOSICIÓN DEL VEHICULO AUTOMOTOR: la presentación del vehículo objeto del presente contrato sa hará en el parqueadero a patio de recibo. PARAGRAFO SEPTIMO: ACTA DE INICIO DEL CONTRATO: una vez verificado el cumplimiento de ambas partes en los documentos y anexos que forman parte de este contrato, se dará inicio a la operación contratada. SEGUNDA - DURACIÓN DEL CONTRATO: El contrato tendrá una vigencia de UNO (1) A (3) AÑOS, periodo el cual podrá ser prorrogado por una vigencia igual o superior dependiendo de los requerimientos operativos que demande en su efecto EL CONTRATANTE, en razón a las necesidades requeridas por el mismo y de acuerdo a la ejecución del contrato descrito en la cláusula anterior, así como de los requerimientos que haga EL CONTRATANTE a EL CONTRATISTA y estando vigente mientras no se dé por terminado por: mutuo acuerdo, no sean requeridos los servicios contratados o alguna de las causales de terminación establecidas en el presente contrato. TERCERA -LUGAR DE EJECUCION DEL CONTRATO: ORIGEN: PUERTO DE BUENAVENTURA EN EL VALLE, CON DESTINOS AL VALLE DEL CAUCA, CAUCA, PEREIRA, QUINDIO, TOLIMA, CUNDINAMARCA, BOYACA Y ZONA NORTE DEL PAIS SANTA MARTA, BARRANQUILLA Y CARTAGENA. CUARTA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: EL VALOR DEL CONTRATO es determinable con respecto al precio que deberá cancelar EL CONTRATANTE a favor del CONTRATISTA por razón y con ocasión del desarrollo del OBJETO CONTRACTUAL, el cual para este caso corresponde a un PAGO MENSUAL por la suma de CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($14.500.000.oo) por cada Vehículo Tipo TRACTO CAMIÓN AUTO DESCARGABLE DE TRES EJES (con un incremento anual de Ley, del IPC nacional), EL CONTRATANTE consignará a favor de EL CONTRATISTA a la CUENTA DE XXXX No XXXXXX DE BANCOLOMBIA Cuyo titular es XXXXXXXXX, LA SUMA DE SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($7.250.000.OO) CADA QUINCE DIAS. EL CONTRATISTA presentará la respectiva factura con el lleno de los requisitos exigidos por las leyes vigentes. Y presentara a EL CONTRATANTE LOS RESPECTIVOS PAZ Y SALVO PARÁGRAFO PRIMERO: La modalidad del contrato bajo la cual EL CONTRATANTE adquiere los servicios de Transporte de los servicios prestados por EL CONTRATISTA para el Transporte de CARGA SECA Y OTROS, se establece bajo la modalidad ARRENDAMIENTO POR CANON FIJO; el cual por su naturaleza contractual establece que de común acuerdo entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA han acordado que todos los Costos y Gastos inherentes a la operación serán asumidos por EL CONTRATANTE, quien cancelará los servicios prestados libre de los gastos de mantenimientos preventivos como cambio de aceite , filtros, engrase, combustibles, peajes y llantas. Pago salarial a los conductores. Seguridad social y prestaciones sociales de ley y bonificación. PARAGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA será responsable de los Gastos de Reparaciones mayores, tales como Motor, dirección, transmisiones, caja, clutch, radiador,refrigeración, partes eléctricas y electrónicas, cardan, frenos, suspensión, muelles, bombonas, amortiguación y toda parte integral de los componentes del vehículo y la carrocería, Revisión Técnico Mecánica del Vehículo, Seguros, Pólizas de Garantías, sistema satelital GPS. PARÁGRAFO TERCERO: El valor pactado en esta cláusula no incluye IVA por tratarse de un servicio excluido del mismo y de él se realizarán las respectivas retenciones tributarias como son Rete Ica 0,7% y rete fuente 1% y el 4 x 1000 Para efectos de llevar a cabo el pago de los servicios prestados por EL CONTRATISTA, no se puede generar ningún otro tipo de descuento a los aquí indicados. PARÁGRAFO CUARTO: EL CONTRATANTE, no asumirá los costos por concepto de latoneria y pintura, que demanden el vehículo, ni por su pérdida total o parcial por cualquier causa, pues es responsabilidad de EL CONTRATISTA, asegurar el automotor con La póliza que se denomina de responsabilidad extra contractual de vehículos pesados. CUARTA: AUTONOMIA: EL CONTRATANTE ejecutará el presente contrato con plena autonomía técnica, de tal manera que expresamente reconoce la existencia de subordinación. PARÁGRAFO PRIMERO: En virtud de la presente cláusula, EL CONTRATANTE desarrollará el objeto del contrato con total independencia del CONTRATISTA, por lo cual, lo libera y exonera de cualquier reclamación de tipo judicial, extra judicial, administrativa, laboral, civil, ordinaria o extraordinaria, de cualquier persona que tenga relación directa con el primero, manteniendo indemne a EL CONTRATANTE. PARAGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATANTE garantiza a EL CONTRATISTA que el vehículo objeto del presente contrato de transporte, no se le asignará ningún tipo de carga calificada como: sustancias prohibidas, peligrosas o explosivas, narcóticos o sus componentes, mercancías de contrabando, sustancias o productos de uso restringido o prohibido, ni materia prima para la comisión de ilícitos. PARAGRAFO TERCERO: TIPOS DE MERCANCIA A TRANSPORTAR: Diferentes unidades de carga a granel (trigo, Abono, Maíz, Azúcar, Fertilizantes, Urea, Yeso, Clinker, Carbón ) y otros según orden de trabajo emitida por EL CONTRATANTE. o aquellas que de forma completamente licitas sean asignadas por EL CONTRATANTE. QUINTA - NATURALEZA DE LA RELACIÓN Y RÉGIMEN CONTRACTUAL: El presente contrato es de naturaleza comercial y se rige por las normas aquí contenidas, así como por las comerciales y civiles que le sean aplicables, razón ésta por la que el valor que se compromete a pagar EL CONTRATANTE en la cláusula tercera de este contrato constituye la única obligación económica para con EL CONTRATISTA. De manera expresa se deja constancia que EL CONTRATISTA no tiene, ni tendrá bajo ninguna circunstancia el carácter de mandatario, agente comercial o representante del CONTRATANTE, como tampoco lo tiene, ni lo tendrá, otra persona que diga obrar en nombre del CONTRATISTA. Por lo anterior, EL CONTRATISTA no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones, compromisos, tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones en nombre o a cargo del CONTRATANTE, por consiguiente, le queda prohibido ejecutar actos o celebrar contratos en nombre de este, y si por alguna circunstancia lo celebra o ejecuta, será bajo su exclusiva y directa responsabilidad. SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Entregar el vehículo en perfecto estado de funcionamiento a EL CONTRATANTE. b) entregar la documentación completa tanto del vehículo como la del conductor exigida por EL CONTRATANTE completamente al día. c) EL CONTRATISTA conminará a EL CONTRATANTE para que responda y asuma las consecuencias y resultado de cualquier juicio o proceso que se inicie con ocasión de daños causados a terceros con el vehículo objeto de este contrato y durante la vigencia del mismo. En todo caso EL CONTRATANTE es ajeno y queda totalmente exonerado de toda culpa, d) realizar las reparaciones del vehiculo en forma inmediata para dar cumplimiento al contrato. SEPTIMA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: EL CONTRATANTE se obliga a: a) Efectuar los pagos en la forma establecida en el presente contrato, los días 15 y 30 de cada mes, máximo dentro de los 3 (tres) primeros días posteriores al vencimiento. b) No cumplimiento dará derecho a EL CONTRATISTA a suspender los servicios y exigir las cláusulas de indemnización correspondientes. c) El pago en mora en las fechas establecidas, dará derecho al pago de intereses en mora a la tasa máxima autorizada por la ley en el mes correspondiente, sin superar la tasa de usura. d) Dar el uso adecuado del vehículo para lo que fue contratado en el transporte de carga seca. e) Dar el uso adecuado de la documentación entregada por EL CONTRATISTA f) suministrar las rutas y los puntos de cargue y descargue a EL CONTRATISTA . OCTAVA – CESIÓN: EL CONTRATANTE, no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato a UN TERCERO sin la autorización previa y escrita del CONTRATISTA. (Ninguna de las partes podrá ceder el contrato sin el acuerdo de la otra parte) NOVENA– MODIFICACIÓN: Las partes acuerdan que por mutuo acuerdo o cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente demostradas que justifiquen la modificación del presente contrato, EL CONTRATISTA y EL CONTRATANTE suscribirán OTRO SÍ al contrato que contendrá con claridad y precisión la reforma requerida. El presente contrato sólo podrá modificarse mediante el acuerdo de las partes expresado por escrito, así mismo, este contrato junto con sus adiciones o modificaciones remplaza y consecuentemente deja sin efecto cualquier otro negocio jurídico, acuerdo jurídico vigente entre las partes en relación con el objeto de este contrato. DÉCIMA – SUSPENSIÓN: EL CONTRATANTE podrá ordenar por escrito, que se posponga o suspenda la ejecución de los trabajos y por lo tanto del contrato, en los siguientes casos: a) Cuando por razones de fuerza mayor como daños importantes en las vias, puentes vehiculares, paros realizados por los trabajadores en el puerto, manifestaciones nacionales, actividades ilícitas de grupos al margen de la ley, guerrilla, etc. , EL CONTRATANTE podrá hacerlo hasta por el término de QUINCE (15) DÍAS, mediante notificación enviada a EL CONTRATISTA por cualquier medio, si pasado dicho término, sin que se hubiese reanudado el contrato, se procederá a liquidar y valorizar las actividades y avances realizados por EL CONTRATANTE, dando lugar a la expedición por parte del CONTRATISTA de la factura final por el saldo pendiente de pago. Lo anterior no generará obligación de pago por indemnización alguna por parte de EL CONTRATANTE. . DÉCIMA PRIMERA – TERMINACIÓN: Se podrá dar por terminado el contrato por fuerza mayor y caso fortuito en cualquier momento, si la mora de EL CONTRATANTE debe hacerlo sin excluir los perjuicios y sanciones que genere y sin requerimiento de ninguna índole, constitución en mora y/o declaratoria judicial, cuando: a) La terminación sea de común acuerdo entre las partes. b) Los servicios contratados hayan llegado a su finalización o no sean requeridos por EL CONTRATANTE, caso en el cual, deberá darse un PRE-AVISO de QUINCE (15) DÍAS para tal efecto, el cual se entenderá recibido con la firma del CONTRATISTA, o por recibo mediante correo certificado en su lugar de notificación reportado. c) CUALQUIERA DE LAS PARTES incumpla con una o algunas de las obligaciones contratadas, o su ejecución y desarrollo sean defectuoso o distinto a lo pactado, sin que haya lugar al pago de alguna indemnización NI PRE-AVISO. d) que EL CONTRATANTE incumpla con su obligación de pago en los términos de este contrato, caso en el cual, PREVIO AVISO, EL CONTRATISTA podrá dar por terminado el contrato, en este caso, EL CONTRATANTE deberá pagar los servicios efectivamente prestados hasta el día de la terminación e) EL CONTRATISTA falte de manera reiterativa a sus obligaciones contractuales f) EL CONTRATISTA retrase injustificadamente la ejecución del servicio contratado, en esta eventualidad, EL CONTRATANTE reconocerá al CONTRATISTA el pago de los servicios prestados sin incluir algún tipo de compensación adicional. g) EL CONTRATANTE identifique que EL CONTRATISTA retiró de sus instalaciones, envió vía mail o por otros medios virtuales y/o físicos documentos, archivos y/o información contable y/o de otro tipo que haya sido suministrada por EL CONTRATANTE para el desarrollo de las actividades y el servicio contratado, incumpliendo su deber obligación de CONFIDENCIALIDAD, caso en el cual EL CONTRATANTE podrá dar por terminado los servicios aquí ofrecidos en cualquier momento, sin que haya lugar al pago de alguna indemnización, requerimiento o declaratoria judicial. h) las demás causales de terminación establecidas en los artículos 822 y S.S. del Código de Comercio y 1494 y SS., del Código Civil o demás normatividad vigente y aplicable al contrato por su misma naturaleza. DÉCIMA SEGUNDA– LEGISLACIÓN APLICABLE: El presente Contrato está sujeto a lo establecido en las normas civiles y comerciales nacionales que regulan el tema, y demás normas concordantes. DECIMA TERCERA– RESPONSABILIDAD: Ninguna de las partes será responsable frente a la otra o frente a terceros por daños especiales, imprevisibles o daños indirectos, derivados de fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo con la ley. DÉCIMA CUARTA – INDEMNIDAD: EL CONTRATANTE no será responsable de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa las actuaciones personales de EL CONTRATISTA de su comportamiento personal como pleitos o juicios jurídicos adquiridos con anterioridad a la firma del presente contrato. DECIMA QUINTA: CONFIABILIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y EXCLUSIVIDAD. - Se deben guardar estos preceptos, ponerlos en práctica entre las partes vinculadas en este contrato y el personal que manejan, para una mayor efectividad en el curso de la operación y ejecución del contrato, manteniendo una reserva de información, que solo será manejada por personas idóneas y que será guardada inclusive DOS (2) AÑOS con posteridad a la terminación del contrato. EL CONTRATISTA se obliga a no contactar directamente con el operador o generador de la carga o compañía que contratan aun cuando adopte otro nombre o razón social igualmente LOS CONTRATANTES se obliga a no contratar de manera directa ni a través de terceros, con los propietarios de los vehículos que sean aquí vinculados por el contratista y no sean de propiedad de este último, ni aun cuando dicha parte adopte otro nombre o razón social, en todo caso el CONTRATISTA adquiere la obligación de notificar en forma inmediata al contratante cualquier cambio en la titularidad del derecho de domino que se presente en los vehículos suministrados. La penalidad por incumplimiento de lo establecido en la presente clausula se fija en la suma de $10.000.000 diez Millones de pesos M/cte por vehículo. DÉCIMA SEXTA – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las controversias o diferencias que surjan entre EL CONTRATISTA y EL CONTRATANTE con ocasión de la firma, ejecución, interpretación o terminación del Contrato, así como de cualquier otro asunto relacionado con el presente Contrato, serán sometidas a la revisión de las partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a CINCO (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra parte la existencia de una diferencia y la explique someramente. Las controversias que no puedan ser resueltas de forma directa entre las partes, se resolverán empleando cualquiera de los métodos de solución alternativa de conflictos, que para el efecto acuerden en su debido momento las partes y como requisito previo a acudir a la vía judicial. DÉCIMA SÉPTIMA-NOTIFICACIONES: Para todos los efectos de este contrato, la dirección de notificación del CONTRATANTE es la ciudad de Bogotá (Cundinamarca) y la del CONTRATISTA es la Ciudad de XXXXXXXXX. PARÁGRAFO ÚNICO: En caso de cambio de la dirección de notificación de alguna de las partes, esta será informada a la otra, siendo obligación contractual, mantener actualizada la dirección de notificación. DÉCIMA OCTAVA CLAUSULA PENAL: El CONTRATISTA Y LOS VEHICULOS VINCULADOS A ESTE CONTRATO QUEDAN INHABILITADOS PARA REALIZAR ACTIVIDADES A CUALQUIER RELACION CONTRACTUAL CON UNA PERSONA JURIDICA O NATURAL DIFERENTE AL CONTRATANTE. EL CONTRATANTE SE OBLIGA TAMBIEN A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN LA CLAUSULA del objeto establecido en la cláusula primera INCUMPLIMIENTO PARCIAL Y TOTAL DE ESTA CLAUSULA DEBERA PAGAR AL CONTRATISTA UNA INDEMNIZACION DE UNA SUMA EQUIVALENTE AL 20% DEL VALOR CONTRATADO PACTADO DE LA PRESENTE CLAUSULA PENAL ANTICIPADA DE PERJUICIOS, NO OSTANTES A LA PRESENTE CLAUSULA NO IMPIDE EL COBRO DE TODO LOS PERJUICIOS ADICIONALES QUE SE CAUSEN AL CITADO VALOR. ESTE VALOR PUEDE SER COMPENSADO CON LOS MONTOS QUE EL CONTRATANTE ADEUDE AL CONTRATISTA CON OCASION DE EJECUCION DE SUS VEHICULOS DEL PRESENTE CONTRATO.DE CONFORMIDAD CON LAS REGLAS DEL CODIGO CIVIL. QUEDA CLARO QUE EL CONDUCTOR NO ES RESPONSBILIDAD DEL CONTRATISTA SEGÚN LO PACTADO ENTRE LAS PARTES. CLAUSULA DECIMA NOVENA. – PERFECCIONAMIENTO: Con la firma de este contrato se entenderá perfeccionado el mismo.
Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá por EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA el día (xx) DEL MES DE MAYO DEL 2020, en DOS (2) ejemplares del mismo tenor y valor.

EL CONTRATO INICIA DESPUES DE REALIZAR LA RESPECTIVA ACTA DE CADA UNO DE LAS TRACTO MULAS AUTO DES CARGABLES.  


INFORMACIÓN COMERCIAL SECCIÓN TRANS CARGA PESADA
LUIS GUILLERMO MORENO MANOSALVA
BLOG: http://incogasltda.blogspot.com
EMAIL: multi777sastrans@gmail.com
DIRECCION: CARRERA 32 1D - 20 Of 101 B/Asuncion Bogota - Colombia
CELULAR:3106818827 TEL FIJO: 4674608

lunes, 14 de mayo de 2018


OBJETO SOCIAL "PLATAMULTIMINERA SAS"

PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA SAS: participación integral en el desarrollo de los tratados de libre comercio (T.L.C.), en convenio y alianza con comunidades NEGRITUDES E indígenas, empresas publicas o privadas, nacionales o extranjeras con o sin animo de lucro de acuerdo a los siguientes capítulos: capitulo primero.- MINERIA * LA CREACION DE LA PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA PARA LA ASESORIA Y ACOMPAÑAMIENTO DE LOS MINEROS INSCRITOS EN CALIDAD DE ASOCIADOS ESTRATEGICOS, MEDIANTE LA FIRMA DE CONVENIOS Y ALIANZAS EN CALIDAD DE SOCIOS . * la participación directa e indirecta en el tema de minería, con gestión de EXPLORACION. EXPLOTACIÓN Y operación MINERA, ASI COMO LA comercialización de todo tipo de minerales de la tabla periódica. * la sociedad utilizara como política de desarrollo estructural de su objeto social, la firma de convenios, alianzas estratégicas, uniones temporales o definitivas, con carácter asociativo con organizaciones publicas o privadas, nacionales e internacionales, con o sin animo de lucro, en las aéreas de producción, comercialización, finanZAS, servicio INTEGRAL de transportes MULTIMODAL, patrocinio investigacion científica, import / export, etc...  * la creación DE PROCESOS DE operación MINERA, LA compra venta y arrendamiento DE MINAS, YACIMIENTOS, FILONES, POZOS Y CANTERAS DE TODO TIPO DE MINERALES. * LA COMPRA Y VENTA DE REGISTROS MINEROS. * GESTION DE APROBACION Y RECONOCIMIENTO, ASI COMO LA ELABORACION DE LOS PLANES DE TRABAJO Y OBRA (PTO) EL (PMA) Y SUS RESPECTIVAS LICENCIAS AMBIENTALES PARA LAS MINAS INSCRITAS EN NUESTRA PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA. * asesoria y GESTIONES DE APROBACION Y RECONOCIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL (PMA) PARA TODOS Y CADA UNO DE NUESTROS ASOCIADOS DE LA PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA S.A.S. *  LA CREACION DE LOGISTICA Y PROTOCOLOS PARA EL USO DE licencias y patentes, * creacion y uso de emblemas, logotipos, MARCAS Y TODO TIPO DE DISPOSITIVOS PARA LA CREACION DE SU IDENTIDAD CORPORATIVA GLOBAL. * el uso de franquicias de produccion y comercializacion como fuente de proyeccion de tecnologia de punta aplicada a invensiones en pro del bienestar y salud ecologica, ambiental, animal y humana, en convenio con creadores y cientificos con productos de alta ingenieria para la representacion en 100 paises. * la tercerizacion de maquilas para, la  REPRESENTACION INDUSTRIAL Y COMERCIAL en todas las modalidades, para la firma de convenios y alianzas inter empresariales con énfasis en la transferencia integral de tecnología y procedimientos, generando retribuciones  de regalías y PROCESos industriales y comerciales de ultima generacion. * participamos del patrocinio filantropico en pro de la salud ambiental, ecologica, animal y humana con enfasis en seguridad alimentaria y cambio climatico. * participamos de la programacion y desarrollo de megaproyectos para la construccion de obras integradas  de infraextructura global, tales como: 1. canales inter oceanicos. 2. turismo de tiempo compartido, 3. talasoterapia turistica y uso de las plataformas marinas. 4) la siembra y proteccion de 100 millones de arboles para bosques nativos y programas de cambio climatico para el control de emisiones de dioxido de carbono. * la construccion y mantenimiento de aeropuertos, centros comerciales,  universidades, centros de spa turistico, vias ferreas y trenes, montaje de equipos de alto rendimiento para transporte multimodal, la recuperacion de la naturaleza en la parte hidrica, la promocion y representacion comercial de franquicias de carbon liquido para el mundo.   capitulo segundo.- programación y ejecución de proyectos de interés de la humanidad en las aéreas y sectores: * agropecuarios, * alimentos, * salud,  * vestuario, * industria, * comercio, * finanzas, * transporte multimodal de carga y pasajeros,    * minería, * carbón, * petróleos y sus derivados, * lubricantes y combustibles, * vehículos, repuestos y lujos y accesorios   * prestación de servicios, * empleo, * vivienda, * turismo, * patrocinio social solidario, *  conservación medio ambiente y ecología, * programas de apoyo científico    * representaciones comerciales * eventos sociales, artísticos y culturales, * piedras preciosas, * artesanías, * materias primas e insumos, * joyas y bisutería, * transferencia de tecnología de punta * redes sociales, * redes virtuales, * network-marketing, * mensajería, * * participación integral en  las aéreas que considere serán de relieve para el cumplimiento integral de su objeto social. Capitulo tercero.- proveeduría y suministros: firmamos contratos, convenios y alianzas con todo tipo de entidades publicas o privadas, nacionales y/o internacionales, con o sin animo de lucro, para el suministro al por mayor y al detal en las aéreas de materias primas e insumos, productos transformados y productos terminados  para la industria y el comercio en general, para cubrimiento de los mercados nacionales e internacionales con énfasis en el sector agropecuario, minero y de seguridad alimentaria, promoviendo la apertura de la red de bancos de alimentos del PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA SAS. Capitulo cuarto.- minería: solicitud, compra y venta de concesiones mineras; exploración y explotación de minerales de todo tipo con énfasis en carbón, petróleo, afines y energéticos, piedras preciosas y semipreciosas; extracción, transformación, procesamientos integrales  purificación Y REFINACION con valores agregados y comercialización globalizada de todo tipo de minerales Y COMODITIES..* Convenios  y alianzas con empresas de ingeniería  minera y con operadores mineros para la contratación de servicios de exploración, explotación y perforación de minas y de todo tipo de pozos petroleros propios o de terceros. * Asesoría tecnica y gestión de representacion comercial en convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para la consecución de equipo y maquinaria minera de última generación, para la venta y/o arrendamiento. * Asesoría y gestión en convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para la consecución de vehículos de carga para minerales y derivados del petróleo, carbón y todo tipo de minerales energéticos, * vehículos para carga y pasajeros y prestacion de servicios especiales para la contratación de operacion, integral en venta y/o arrendamiento.  * Asesoría y GESTIÓN PARA la consecución de recursos financieros en convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para los procesos de operación MINERA DE exploración, explotación y perforación de minería, ORO, COBRE, BARITA, carbón,   pozos petroleros, gas natural. ESTUDIOS DE GEOLOGIA EXPLORACION DE SISMICA. y afines.. * Asesoría y gestión integral en convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para la elaboración y desarrollo de proyectos de exploración, explotación y perforación de minería y pozos petroleros y afines en convenio con las comunidades indígenas y negritudes asentadas en los territorios escogidos de confluencia minera y empresarial. * Convenios y alianzas de participación en calidad de socios estratégicos como operadores mineros y prestadores de servicios. * Convenios y alianzas para la comercialización global de productos mineros, carbón, petróleo y sus derivados, ORO, COBRE, piedras preciosas y semipreciosas. Capitulo quinto.- transporte de carga y pasajeros: firmamos convenios y alianzas con empresas de transporte especializadas para la prestación de servicios de transporte y logística de carga y pasajeros. * Gestión de importación y comercialización de vehículos multimodal de carga y pasajeros, partes, complementos, repuestos, accesorios, lubricantes, combustibles etc. * firmamos convenios con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para la importación de vehículos especiales como ambulancias, casas rodantes, busetas, microbuses, carros de valores, vehículos blindados, camionetas, camperos, volquetas, tracto camiones, cisternas, volcos, embarcaciones y aeronaves de carga y pasajeros. * firmamos convenios con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para operar en la logística de transporte de carga y pasajeros a nivel nacional e internacional en todas las modalidades: terrestres, mixtas, multimodales, fluviales, marítimas y aéreas. * firmar convenios y alianzas con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para la adquisición de flotas de vehículos de carga y pasajeros en la modalidad de compra, leasing de arrendamiento o alquiler nacional e internacional. * firmamos contratos de prestación de servicios y logística de transporte multimodal de carga y pasajeros con empresas gubernamentales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con o sin animo de lucro. Capitulo SEXTO. -  petróleos afines y sus derivados: convenios y alianzas con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para contratar con empresas especializadas en el tema integral de perforación, extracción, bodegaje, transporte y transformación del petróleo, afines y la totalidad de sus derivados. * Participación directa o indirecta en la construcción de obras por concesión, para las construcciones de infraestructura petrolera contratada con entidades del estado o de propiedad particular. * Montajes para LA PERFORACIÓN de pozos petroleros. * Construcción y mantenimiento de oleoductos. * Construcción y mantenimiento de gasoductos. *      DISEÑO, Montaje Y CONSTRUCCIÓN de plantas de asfalto y concreto DE ULTIMA GENERACION. * CONSTRUCCIÓN DE sub-estaciones de bombeo * CONSTRUCCIÓN de oleoductos. * Construcción de refinerías. * Construcción de estaciones de servicios para el suministro de gas, acpm y gasolina. * CONSTRUCCION DE PLANTAS DE PRODUCCION Y SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES INDUSTRIALES Y CARBON LIQUIDO. * . Procesos DE REPOTENCIACION y la recuperación de pozos petroleros. * Manejos de lodos y aguas residuales petroleras. * Manejo preventivo y correctivo del medio ambiente petrolero. *  Suministro y VENTA DE formulaciones petroquímicas. * Convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional en calidad de socios estratégicos para la elaboración de proyectos petroleros. * Convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional en calidad de socios estratégicos para la consecución de recursos financieros internacionales, para el montaje de plantas de extracción y transformación del petróleo, afines y sus derivados. * Convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional en calidad de socios estratégicos para la contratación de la logística integral de transportes de petróleo, afines y derivados, en arrendamiento fijo mensual de equipos o por producción transportada. * Convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional en calidad de socios estratégicos, para la venta y/o arrendamientos de equipos, instrumentación, herramientas y taladros de perforación para pozos petroleros. * convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional en calidad de socios estratégicos para la construcción de laboratorios, plantas y refinerías para el procesamiento y transformación del petróleo, afines y sus derivados. * convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional en calidad de socios estratégicos para la venta y comercialización del petróleo, afines, derivados y subproductos. * convenio con empresas de reconocido prestigio y aval internacional en calidad de socios estratégicos para el montaje y administración ELITE de estaciones de servicio. Capitulo SEPTIMO. - lubricantes, combustibles, repuestos y mantenimiento DE maquinaria y vehículos de transporte para carga y pasajeros:  * montaje de estaciones de servicio INTEGRAL para la venta de lubricantes y combustibles de todo tipo. * la apertura de todo tipo DE TALLERES de mantenimiento preventivo y correctivo para la reparación de todo tipo de vehículos de carga y pasajeros, así como de equipo y maquinaria diesel de todo tipo. * Suministro de repuestos, partes Y ANEXOS ORIGINALES, OTROS complementarios y accesorios para vehículos de carga, pasajeros, maquinaria, plantas diesel, taladros petroleros, herramientas e instrumentación petrolera. * contratamos en convenio con empresas especializadas en el área de mantenimiento e ingeniería mecánica, con empresas públicas o privadas, DEL ORDEN NACIONALES e internacionales responsables de la exploración y explotación minera, así como los perforadores de pozos petroleros y sus respectivos operadores primarios. Capitulo OCTAVO. - gestiones y asesorías CREDITO PRO recursos financieros internacionales: asesoría y gestión integral en calidad de socios estratégicos, con empresas de reconocido prestigio y aval internacional, para la consecución de recursos financieros internacionales a favor de LOS CONTRATOS DE operación FIRMADO CON las empresas publicas o privadas, nacionales e internacionales, con o sin animo de lucro, que así lo soliciten, para la financiación de cualquier tipo de proyecto de interés nacional. * la realización de operaciones financieras. * Participación de OPERACIONES BURSÁTILES. * adquisición de títulos valores de todo orden. * Adquisición de bonos de prenda, * adquisición de todo tipo de documentos negociables de crédito a nivel nacional e internacional. * constituir fiducias dentro y fuera del país. * constituir hipotecas y prendas sobre bienes en garantía de las obligaciones contraídas por la sociedad para el cumplimiento del objeto social. * Representación de compañías financieras nacionales y extranjeras, para la importación y distribución de paquetes financieros y afines. * gravar y administrar, tomar y dar en arrendamiento toda clase de bienes muebles e inmuebles, títulos valores, acciones y/o instrumentos financieros nacionales o extranjeros, necesarios para el adecuado desarrollo del objeto social de la empresa. * intervenir ante terceros como acreedores, deudores o como garantes, de toda clase de operaciones de crédito, dando o recibiendo garantías reales, emitidas a nombre de la compañía. * Negociación de divisas en todas sus formas. * girar, endosar, adquirir, aceptar, cobrar, negociar, descontar, protestar, dar en prenda de garantía, pagar o cancelar toda clase de títulos valores o instrumentos financieros de comercio nacional e internacional y aceptarlos en pago. * formar parte de otras sociedades, bien sea como constituyente o cesionaria a cualquier titulo. * Representación comercial de entes financieros en calidad de agencia o en comisión mercantil. * LIBRE OFERTA Y DEMANDA DE BONOS HISTORICOS, DINARES, ZIMBABWES Y TODO TIPO DE VALORES EXOTICOS QUE ESTAN EN LOS PROGRAMAS DE PAGO DE LA REDENCION. * comprar y vender acciones, bonos y documentos de deuda publica. * Adquisición de recursos nacionales o extranjeros para el desarrollo solidario de proyectos de interés universal, que tengan que ver con la programación y mejoramiento del estándar de vida. * realizar toda clase de operaciones administrativas, de gestión de control, recaudo y recuperación de cartera en las aéreas inmobiliarias, financieras, bursátiles, comerciales, empresariales. * gestiones de recuperación, compra y venta de cartera de todo tipo de tenedores, con o sin garantía real. PARAGRAFO: Es contrario al objeto social garantizar, respaldar, fiar o avalar deudas de personas naturales o jurídicas, distintas de aquellas persona jurídicas con quienes tenga la calidad de matriz, filial, subsidiaria o esté vinculada económicamente o en las que sea propietaria de acciones o cuotas. CAPITULO NOVENO CAPITAL, Y REGIMEN DE LAS ACCIONES Y DE LOS ACCIONISTAS DE LA PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA SAS. ARTICULO 5º. EL CAPITAL SOCIAL. El capital social de la PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA S.A.S se expresa COMO SIGUE: CAPITAL AUTORIZADO: Es la suma de QUINCE MIL MILLONES de Pesos ($15.000.000.000 mcte.), representado en CIENTO CINCUENTA MIL (150.000) ACCIONES PRIVILEGIADAS con un valor nominal de CIEN MIL PESOS//MCTE. ($100.000) representadoS en TITULOS VALORES

PLATAFORMA MULTIPOLAR MINERA SAS



Seguidores